lunes, 8 de junio de 2009

Obligaciones Electorales


Éstas son algunas de las obligaciones electorales 


1.-  ¿Qué condición debe cumplir el ciudadano argentino residente en el exterior para poder votar?
Si quiere votar, debe inscribirse en el registro de electores. 
Debe cumplir la condición de ser residentes. La persona tiene que estar radicada y lo tiene que demostrar a través de la inscripción del domicilio en el país en el cual quiere votar en su DNI. La inscripción de este domicilio en el exterior se realiza en el Consulado, quien oficia de Registro Nacional de las Personas.

2.- ¿Dónde se realizan las tramitaciones ?

En la Argentina tenemos 110 delegaciones entre embajadas, consulados generales, consulados, donde los argentinos a lo largo y a lo ancho del mundo pueden recurrir si les interesa realizar cualquier tipo de consulta o votar previa inscripción en el registro.

3.- ¿Pueden votar los ciudadanos que se encuentran en tránsito?

No, en la Argentina el voto en tránsito no existe. En el derecho electoral el voto en tránsito es una de las grandes fallas de cualquier sistema porque por lo general se manipula una barbaridad con el tránsito de los electores; o sea que el transito gracias a Dios no está contemplado ni en nuestro sistema electoral ni es nuestro derecho positivo ni tampoco en estas leyes que nos han dado la organización del registro de electores residentes en el exterior.


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